Las deportaciones masivas, anunciadas por el mandatario republicano, ven un asidero legal en las órdenes finales de deportación que ya habría dictado para el 24 de noviembre la Corte de Inmigracción a 1,445,549 extranjeros no detenidos, según un reciente informe del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés).
La abogada María Herrera Mellado, especialista en inmigración, explicó en conversación con DIARIO LAS AMÉRICAS, que las órdenes finales de deportación o expulsión se emiten una vez que el juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) decide que una persona debe salir del país.
“Esto ocurre generalmente después de que la persona haya agotado todos los recursos legales, como apelaciones, o haya decidido no apelar dentro del plazo establecido”, indicó.
¿Cuándo se considera final o definitiva una orden de deportación?
De acuerdo con la experta en inmigración, una orden de expulsión se considera final o definitiva en tres situaciones. Primero, cuando la persona no presenta una apelación dentro del lapso permitido, que, por lo general, son los 30 días siguientes a a decisión del juez.
En segundo lugar, cuando la BIA confirma la decisión del juez de inmigración de otorgar la orden final de deportación y, por último, cuando la persona renuncia a su derecho a apelar.
Los cerca de 1.5 millones de migrantes de 208 nacionalidades que tienen orden final de expulsión, de acuerdo con el ICE, se encuentran en libertad, haciendo vida en las distintas comunidades de EEUU.
Las nacionalidades con mayor número de órdenes son: Honduras, con 261,65; Guatemala, con 253,413; México, con 252,044; y El Savador, con 203,822. Le siguen países como Cuba, con 42,084; Nicaragua, con 45,995; Brasil, con 38,677; China, con 37,908; Haití, con 32,363; Ecuador, con 31,252; Colombia, con 27,388; y Venezuela, con 22,749.
Estos extranjeros están a disposición de Gobierno, que puede proceder a ejecutar las órdenes finales de expulsión en cuanto decidan.
Herrera Mellado señaló que ya ninguno de estos migrantes tiene la oportunidad de apelar la decisión ante los tribunales, aunque aún podrían solicitar la suspensión de la deportación de forma administrativa ante el ICE por temas humanitarios, como enfermedades graves, peligro inminente o imposibilidad de retornar a su país de origen.
Sin embargo, resaltó, que este proceso, al que se podrían apegar cubanos y venezolanos ante la crisis humanitarias y la represión feroz que viven sus países bajo las dictaduras castrista y chavista, es “difícil de ganar”.
¿Qué opciones tienen los migrantes con orden de deportación final?
Las personas con órdenes de expulsión definitivas puede tomar la decisión de salir del país de manera voluntaria, dentro de un plazo determinado, para evitar la deportación formal.
El proceso de expulsión, sin embargo, pudiera verse afectado con al menos 26 países, 15 de ellos identificados por el ICE como “pocos cooperativos”, y 11 a los que consideran en riesgo de incumplir la cooperación.
Entre los países que integran el primer grupo se encuentran: Bután, Birmania, Cuba, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Hong Kong, India, Irán, Laos, Pakistán, República Popular China, Rusia, Somalia y Venezuela.
Mientras que los que están en riesgo de incumplimiento son: Bosnia-Herzegovina, Burkina Faso, Camboya, Gabón, Gambia, Irak, Jamaica, Nicaragua, Sudán del Sur, Santa Lucía y Vietnam.
“Si el país de origen de un inmigrante se niega a cooperar con Estados Unidos y no acepta de regreso al individuo, el proceso de deportación se complica“, mencionó la abogada.
¿Qué pasa si el país de origen se niega a cooperar?
En caso de que los países de origen se nieguen a recibir a sus nacionales, Herrera Mellado indicó que esto representaría “desafíos legales, diplomáticos y humanitarios”.